domingo, 18 de noviembre de 2018

NATACIÓN: ESTILOS,TÉCNICA Y METODOLOGIAS.


Natación : técnicas y metodologias 
Espalda
Técnica:
Posición del cuerpo. La cabeza, el tronco, y las piernas deben estar en línea. Lo que más sobresale del cuerpo es el hombro.
 Brazada: Entrada:El brazo entra extendido por completo, en línea con el hombro. La mano ingresa con el canto (meñique) y con la palma hacia afuera. El movimiento está regido por el giro longitudinal del cuerpo.
Tracción: La mano barre hacia abajo y hacia afuera. Cuando el brazo alcanza la distancia máxima fuera del cuerpo, se lleva la mano hacia el cuerpo en un movimiento semicircular.
 Recobro: Extendido por completo, el brazo se eleva con el pulgar hacia arriba, regido por el giro longitudinal del cuerpo.
Patada: El batido es hacia arriba, flexionando levemente la rodilla. Los tobillos se flexionan apuntando el dedo gordo de ambos pies hacia dentro, que apenas salen de la superficie del agua. El rango de batido es de 30/40cm. 
Respiración: No se necesita un tiempo concreto, aunque el tiempo utilizado suele ser inspirar en un recobro y espirar en el otro.
 Coordinación: El movimiento de los brazos debe ser coordinado para asegurar una propulsión continua. El brazo que recobra, sin embargo, es ligeramente más rápido que el de la brazada, por lo que ambos brazos están sumergidos por un instante.

Metodología:
Postura y flotación
(horizontal de espada.
 Apoyarse en el borde de la pileta, de espaldas al agua. Impulsarse con los pies hacia atrás, manteniendo la hidrodinámica del cuerpo para desplazarse oponiendo la menor resistencia al agua.
· Impulsarse hacia atrás de la misma manera, pero realizando durante el  impulso una brazada de espalda, manteniendo la línea del hombro
Brazada:
· impulsarse hacia atrás de la misma manera, realizando dos brazadas continuas, la 1ra durante el impulso.
· Ayudado por el impulso de la patada del estilo pecho (pero realizada en posición de espalda), realizar una secuencia de brazadas, manteniendo la línea del hombro y una mínima rotación del cuerpo.
· Ayudado por una plancha sujetada al pecho, desplazarse realizando la brazada con un único brazo. Alternar.
Patada
· Ayudado por una plancha sujetada al pecho, desplazarse realizando únicamente la patada.
Errores más comunes:
· Entrada del brazo fuera de la línea del hombro
· Flexión del brazo durante la entrada. Golpear con la palma o el dorso de la mano durante la entrada
·Flexión de la cadera. Cabeza demasiado inclinada
·Piernas muy abiertas en la patada. Rodillas fuera del agua
Crawl o crol
Técnica:
Posición del cuerpo: La posición debe ser lo más hidrodinámica posible, manteniendo los pies y rodillas extendidas, glúteos y abdomen apretados, cabeza entre los brazos, codos extendidos, y manos juntas.
  Brazada:
 La brazada realiza una trayectoria curvilínea, que esta divida en 4 fases:
Entrada y toma: la mano entra alineada a su hombro, el brazo bien flexionado con el codo en su posición más elevada. Los dedos entran en primer lugar, luego la muñeca y por último el codo y el brazo. La palma mira hacia abajo y afuera, entrando el dedo pulgar primeramente.
Tracción: Es el agarre, tirón y empuje. El agarre se hace con la mano, la muñeca y luego el brazo. Durante la tracción el codo mira hacia fuera (flexión 90º) y la mano se dirige hacia dentro y atrás. En el empuje, el brazo comienza su extensión, llevando de la mano hacia atrás, afuera y arriba,  en dirección al muslo. El recorrido es en forma de S.
 Recuperación: Con la mano aún dentro del agua, el brazo se flexiona para comenzar a salir del agua. Sale el hombro, el codo,  el antebrazo y por último la mano. Cuando un brazo sale el otro está a mitad de recorrido, formando una hélice.
Movimientos de piernas: El batido de piernas consiste en una oscilación de movimientos ascendentes y descendentes, que parten desde la cadera. La fase descendente es la fase propulsiva.
Respiración:Se realiza por la boca, junto con la recuperación del brazo del mismo lado. Un buen nadador solo rota la cabeza en la toma de aire, para que la alteración de la posición hidrodinámica sea mínima.
 Coordinación: La coordinación incluye la tracción, el giro del cuerpo, los movimientos de cabeza y los movimientos de piernas. La coordinación puede ser deslizante o potente, variando, entre otras cosas, la distancia recorrida en al brazada.
Metodología:
Brazada:
·Tomando una plancha de goma con los brazos extendidos, se trabaja la brazada, finalizando la misma en la plancha. Primero se trabaja con un brazo, luego con ambos brazos.
· Tomando una plancha entre las rodillas, se avanza realizando únicamente el movimiento de brazos.
Patada
· Tomado desde el borde la pileta, se trabaja el movimiento ascendentes y descendente.
· Tomando una plancha de goma con los brazos extendidos, se avanza únicamente con el movimiento de piernas.
·Tomado por un compañero de las manos, el mismo lo ayuda a avanzar mientras éste realiza el batido de piernas.
Respiración
· Tomado del borde de la pileta, se trabaja la toma de aire por boca, girando la cabeza.
· Tomando una plancha con ambos brazos, y ejercitar la toma de aire por boca girando la cabeza hacia un costado.
· Mismo ejercicio anterior, pero se coordina la toma de aire con la brazada (que finaliza en la plancha).
Errores más comunes:
· Perdida de posición hidrodinámica: Cabeza elevada, piernas no alineadas con el cuerpo, codos demasiado abiertos, etc.
·Propulsión con brazo extendido: Se avanza de manera poco eficiente y se pierda la alineación.
· Batido de piernas que parten desde la rodilla ó “patean” al agua.
·  Mala coordinación entre brazada, batido de piernas, y/o respiración.

Pecho
Técnica:
 Posición del cuerpo: No existe una única posición del cuerpo, sino una cadena de distintas posiciones.
Movimiento de brazos: La tracción está conformada por un movimiento semicircular, similar a un corazón.
 Entrada: Se realiza luego de la propulsión de las piernas. Las manos se llevan hacia delante y se giran diagonalmente hacia fuera. Los brazos permanecen extendidos durante gran parte del movimiento y se flexionan antes de la tracción.
Tracción: Los brazos se flexionan mientras las manos realizando un movimiento circular primero hacia fuera, luego hacia abajo, y finalmente hacia dentro, cuando llegan debajo de la cara.
 Recuperación: Las manos se llevan en dirección hacia arriba, situándolos debajo del mentón, un instante previo antes de extenderse el brazo y llevar las manos hacia delante.
Movimientos de piernas: Llamada patada de pistón. Esta divido en:
Recuperación: Pies a la cola con rodillas bien abiertas, y la punta de los pies apuntando hacia afuera
Batido: Extensión de las piernas hacia afuera (patada), preparando la acción deslizante.
 Acción deslizante: Se juntan los pies manteniendo las piernas extendidas (fase propulsiva)
Respiración: Se inspira en cada brazada cuando la cabeza se eleva sobre la superficie del agua.
 Coordinación: La coordinación correcta es brazada, respiración, patada, y finalmente extensión.

Metodología:
Brazada:
· Boca abajo sobre el suelo, con un compañero tomándolo por los tobillos, se trabaja la tracción de brazos. También puede dibujarse un corazón simulando la trayectoria curvilínea.
·Tomando una plancha entre las rodillas, se avanza realizando únicamente la brazada
Patada
·Sentado en el borde de la pileta, se practica técnica de la patada de pecho
· Tomado desde el borde de la pileta, boca abajo, se practica la técnica de patada de pecho
· Tomando una plancha de goma con los brazos extendidos, se avanza únicamente con la patada

Respiración
· Tomando una plancha de goma con los brazos extendidos, se avanza únicamente con la patada y se trabaja de manera conjunta la respiración, sacando la cabeza de manera

Errores más comunes:
· Los pies patean la superficie del agua con el empeine, sin efectuar propulsión.
· Durante la recuperación, las piernas son flexionadas antes de juntar los pies.
·La brazada es realizada demasiado abierta, o con los codos demasiado bajos.

Mariposa
Técnica:
Posición del cuerpo: El cuerpo realiza un movimiento ondulatorio, que es el resultado de la coordinación  del movimiento de brazada y recobro de brazos y las fases descendentes de la acción de las piernas.
Acción de las piernas: Hay dos batidos hacia abajo de piernas por cada brazada. El primer batido se realiza luego de que las manos hayan entrado al agua, mientras que el segundo se opone al descenso de la cadera debido al recobro de brazos permitiendo elevar más la cabeza. El movimiento de las piernas se origina en la cadera.
Movimiento de los brazos: Se divide en 4:
 Entrada: Las manos deben entrar en línea con los hombros, con los codos mirando hacia arriba y las manos hacia fuera (lo primero que entra al agua es el pulgar).
 Toma: Las manos comienzan a girar las palmas hacia fuera y atrás.
Tracción: La primer fase propulsiva, las manos se llevan abajo  y hacia dentro realizando un movimiento circular. Esta fase finaliza con las manos debajo del cuerpo. La segunda fase propulsiva, las manos se mueven hacia fuera y atrás, hacia la superficie del agua.
 Recuperación: Los brazos se extienden con rapidez y salen del agua en un movimiento circular hacia arriba y hacia delante, lo más relajado posible.
Respiración: La cabeza emerge para iniciar la inspiración un instante antes de que las manos salgan del agua. Se inspira por boca de costado, realizando un movimiento circular con la cabeza, que se sumerge antes de volver a entrar las manos.
Coordinación: La onda se debe mantener durante los batidos y la brazada. El primer batido se realiza cuando la cabeza y las manos han entrado al agua, el segundo batido cuando se eleva la cabeza y las manos están por salir del agua.

Metodología:
· Boca arriba con una tabla contra el pecho (luego boca abajo tomando una tabla con los brazos extendidos), realizar el movimiento de onda (desde la cadera) con el cuerpo. Intentar avanzar con los batidos.
· Boca abajo, con los brazos extendidos hacia delante con las manos juntas, realizar el movimiento de onda incluyendo a las manos. Repetir luego el ejercicio totalmente sumergido.
·  Boca abajo, con los brazos extendidos hacia delante, realizar la onda incluyendo los dos batidos de piernas (el primero sobre la superficie del agua y el segundo dentro del agua)
Brazada
· Hacer la brazada con un solo brazo, inspirando por boca de costado, permaneciendo el otro extendido o al costado.
·Intercambiar brazadas: 2 brazadas con brazo derecho, dos brazadas con brazo izquierdo, dos brazadas con ambos brazos.
Errores más comunes:
·No se avanza o se pierde velocidad en el recobro al no realizar correctamente la onda y los batidos.
· Los brazos entran al agua demasiado cerrados y/o flexionados.
·No se coordina correctamente la brazada con los dos batidos.
·No se logra emerger la cabeza de la superficie del agua adecuadamente al no realizar correctamente la onda y los batidos.

domingo, 4 de noviembre de 2018

Marco legal para las personas con discapacidad

Sintesis : Resolucion 311/16 
Resolución 311/16
1-En relación con el consejo federal de educación 311/16 la documentación que tuvo en cuenta para la elaboración del mismo, la ley de educación nacional N°26.206, la resolución CFE N°155/11 y la resolución CFE N°174/12 considerando que la convención sobre los derechos de las personas con discapacidad fue abordada por la Asamblea General de Naciones Unidas en el año 2006, promulgaba como Ley Nacional en 2008 y adquirió jerarquía constitucional en nuestro país en el año 2014 Ley N°27.044.
El artículo 24 de la convención manifiesta:
-El estado reconoce el derecho de las personas con discapacidad a la educación, sin discriminación y sobre la base de la igualdad de oportunidades.
-El estado reconoce el derecho de las personas con discapacidad a la educación, sin discriminación y sobre la base de la igualdad de oportunidades.
  1. Desarrollar plenamente el potencial humano y el sentido de la dignidad y la autoestima, reforzar el respeto por los derechos humanos y la diversidad humana.
  2. Desarrollar la personalidad de las personas con discapacidad, así como aptitudes mentales y físicas.
  3. Hacer posible que participen de manera efectiva en una sociedad libre.
Al hacer efectivo este derecho, los estados aseguran que las personas con discapacidad no queden excluidas del sistema general de educación por motivo de discapacidad y que los niños no queden excluidos de la enseñanza primaria gratuita y obligatoria ni de la secundaria.
El articulo N°11 de la ley de la educación 26.206 garantiza a todos/as el acceso y las condiciones para la permanencia y el egreso de los diferentes niveles del sistema educativo, asegurando la gratuidad de los servicios de gestión estatal, en todos los niveles y modalidades. También brindar a las personas con discapacidades, temporal o permanentes, una propuesta pedagógica que les permite el máximo desarrollo de sus posibilidades, la integración y el pleno ejercicio de sus derechos.
El artículo 42 de la Ley Nacional establece que la educación especial es la modalidad del sistema educativo destinada a asegurar el derecho a la educación de las personas con discapacidad temporales o permanentes, en todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo. La Educación Especial se rige por el principio de inclusión educativa, de acuerdo con el articulo 11 la cual brinda atención educativa a todas aquellas problemáticas específicas que no pueden ser abordadas por la educación común, en acuerdo con el consejo federal de educación, garantizara por intermedio de diversas estrategias, la inclusión de los estudiantes con discapacidad en todos los niveles y modalidades según las posibilidades de cada persona.
1)      Las recomendaciones que realizo la oficina de alto condicionamiento de las Naciones Unidas para los derechos humanos sobre el derecho de las personas con discapacidad a la educación. Las escuelas tienen prohibido rechazar la inscripción o reinscripción de un estudiante por motivos de discapacidad. El rechazo por motivo de discapacidad de forma directa o indirecta, será considerado un acto de discriminación.
Que en el cuidado de la trayectoria escolar de los estudiantes con discapacidad implica tomar decisiones con respecto a las estrategias de enseñanza como también evaluar, acreditar, promover y certificar los aprendizajes, teniendo en cuenta el paradigma de modelo social de la discapacidad, las barreras que impiden el acceso al aprendizaje y la participación, respetando el principio de no discriminación y el derecho del alumno a ser evaluado en su desempeño y logros, conformes a criterio rigurosa, en todos los niveles, modalidades y orientaciones del sistema.
2)      La asamblea 77° del consejo federal de educación resuelve
     Artículo 1° proporcionar condiciones para la inclusión                  escolar al interior del sistema educativo argentino para el acompañamiento de las trayectorias escolares de los estudiantes con discapacidad.
    Artículo 2° Aprobar promoción, acreditación, certificación y                 titularización de los estudiantes con discapacidad.
7)         El anexo N°1 311/16 Se trata de la promoción, acreditación, certificación y titularización de los estudiantes con discapacidad.   - El documento fue elaborado tomado en cuenta las normas vigentes en nuestro país.
-Constitución de Nación Argentina.
- Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad (Ley N° 26.378)
-Declaración universal de los derechos humanos.
Ley de Educación Nacional N° 26.206.
- Ley del sistema de prestaciones básicas en habilitación y rehabilitación integral a favor de las personas con discapacidad Ley N° 24.901 (1997).
-Resolución N° 188/12 plan nacional de ed. Obligatoria y formación docente.
-Resolución N° 155/11 Ed Especial.
- Resolución N° 93/09 orientaciones para la organización pedagógica e institucional de la ed. Secundaria obligatoria.
-Resolución N° 18/07 Acuerdos generales sobre la ed. Obligatoria.
- Resolución N° 174/12 pautas federales para el mejoramiento de la enseñanza, el aprendizaje y la trayectoria escolar en el nivel primario, inicial, modalidades y su regulación.
7).  El presente documento fue elaborado tomando en cuenta las normas vigentes en nuestro país:
· Constitución de la Nación Argentina;
· Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (Ley Nº 26.378);
· Declaración Universal de los Derechos Humanos;
· Ley de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes N°26.061;
 · Ley de Educación Nacional N° 26.206;
 · Ley de Sistema de Prestaciones Básicas en Habilitación y Rehabilitación Integral a favor de las Personas con Discapacidad N° 24.901 (1997);
· Ley de Educación Sexual Integral N°26.150;
· Ley de Educación Técnico Profesional N° 26.058 (2005)
· Informe temático sobre Educación de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de Naciones Unidas (2013);
· Declaración de Inchon: Hacia una educación inclusiva y equitativa de calidad y un aprendizaje a lo largo de toda la vida (2015);
Trata de “PROMOCIÓN, ACREDITACIÓN, CERTIFICACIÓN Y TITULACIÓN DE ESTUDIANTES CON DISCAPACIDAD”.
8)     Lineamientos generales:
 ARTICULO 1°. El Sistema Educativo asegurará el apoyo necesario para el acompañamiento de las trayectorias escolares de los/as estudiantes con discapacidad.
ARTICULO 2°. Acorde a los lineamientos nacionales e internacionales en materia de inclusión, las jurisdicciones propiciarán condiciones y brindarán los servicios para el acompañamiento de las trayectorias escolares de los/as estudiantes con discapacidad.  Para favorecer la inclusión, en igualdad de condiciones con los demás y sin discriminación.

ARTICULO 3°. Las jurisdicciones propiciarán el apoyo y acompañamiento de la Modalidad de Educación Especial de sus respectivos establecimientos educativos y/ o servicios, en el marco de los principios de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
ARTICULO 4°. Las instituciones educativas de gestión privada, propiciarán acciones de integración y cooperación entre las escuelas del Nivel y de la Modalidad de Educación Especial de la misma gestión. Las jurisdicciones facilitarán el acompañamiento necesario para el cumplimiento de la presente normativa.
ARTICULO 5°. Las jurisdicciones, y todos los actores institucionales incluidos en el sistema educativo, profundizarán la cultura inclusiva como eje transversal en los establecimientos educativos que de ellas dependan, respondiendo a los requerimientos de los diferentes niveles y modalidades.
ARTICULO 6°. El Instituto Nacional de Formación Docente y sus pares jurisdiccionales propiciarán las medidas necesarias para consolidar instancias de formación básica y permanente para acompañar dicho proceso.

9). NIVEL INICIAL: Dimensión: Trayectorias Escolares
• Garantizar trayectorias escolares completas de los/as niños/as con discapacidad en igualdad de condiciones.
• Generar la normativa para establecer el egreso a los 5 años de edad de los/as niños/as con discapacidad, de igual forma que el resto de la población del nivel.
NIVEL PRIMARIO: Dimensión: Trayectorias Escolares
• Orientar el desarrollo de las trayectorias escolares completas de los/as alumnos/as con discapacidad, propiciando su integración en escuelas comunes.
• Generar la normativa para definir el ingreso de los/as alumnos/as con discapacidad en este nivel a los 6 años de edad.
• Producir normativa que regule los procesos de evaluación continua y a término para la promoción, certificación, acreditación y egreso de los/as alumnos/as con discapacidad.
• Establecer que los/as alumnos/as con discapacidad que acrediten la aprobación del nivel, cursen el nivel secundario obligatorio brindando las configuraciones de apoyo necesarias.
EDUCACION PARA ADOLESCENTES Y JOVENES CON DISCAPACIDAD: Dimensión: Trayectorias Escolares
• Garantizar trayectorias escolares completas de los/as niños/as con discapacidad en igualdad de condiciones.
• Generar la normativa para establecer el egreso a los 5 años de edad de los/as niños/as con discapacidad, de igual forma que el resto de la población del nivel.
NIVEL PRIMARIO: Dimensión: Trayectorias Escolares
• Orientar el desarrollo de las trayectorias escolares completas de los/as alumnos/as con discapacidad, propiciando su integración en escuelas comunes.
• Generar la normativa para definir el ingreso de los/as alumnos/as con discapacidad en este nivel a los 6 años de edad.
• Producir normativa que regule los procesos de evaluación continua y a término para la promoción, certificación, acreditación y egreso de los/as alumnos/as con discapacidad.
• Establecer que los/as alumnos/as con discapacidad que acrediten la aprobación del nivel, cursen el nivel secundario obligatorio brindando las configuraciones de apoyo necesarias.
EDUCACION PARA ADOLESCENTES Y JOVENES CON DISCAPACIDAD: Dimensión: Trayectorias Escolares
• Establecer que los/as estudiantes con discapacidad ingresen y cursen en escuela secundaria común con el asesoramiento y aportes de los docentes y equipos técnicos educativos de educación especial.
• Los/as estudiantes que, aunque tengan terminalidad de primaria, asistirán a escuelas o centros de educación de adolescentes y jóvenes con discapacidad.
• Promover la continuidad y terminalidad del nivel primario cuando los/as estudiantes con discapacidad no tengan acreditado el nivel.
FORMACION DOCETE: Dimensión: Trayectorias Escolares
• Ingresarán al nivel superior todos aquellos alumnos que hayan aprobado y acreditado los contenidos del nivel secundario completo.
• Se proveerá de material específico e incluirá personal de apoyo para las personas con discapacidad que cursen carreras docentes y requieran adaptaciones de acceso.
• Egresaran del nivel superior, los alumnos que hayan acreditado la totalidad de los espacios curriculares fijados en la carrera que cursaron.

10).
Promoción
Acreditación
Certificación










Nivel primario
ARTICULO 24°. Deberán considerarse los siguientes criterios:
· reconocer el conjunto de saberes adquiridos en el tramo escolar configuraciones de apoyo y los apoyos específicos previstos para el estudiante
 · evaluar entre los equipos educativos intervinientes e informar a la familia y el/la estudiante, a partir de la propuesta escolar
 · Considerar el régimen de promoción acompañada y/o asistida de las “Pautas federales para el mejoramiento de la enseñanza y el aprendizaje.
ARTICULO 25°. La trayectoria escolar de los/as estudiantes con discapacidad en el Nivel Primario deberá ser documentada mediante un instrumento formal de evaluación del grado/año/ciclo correspondiente
ARTICULO 26°. La escuela donde desarrolla su trayectoria escolar acreditará los saberes adquiridos.
ARTICULO 27°. Los/as estudiantes con discapacidad que hayan contado con un PPI contarán con calificaciones en su boletín, que se regirán por la presente Resolución.
ARTICULO 28°. El PPI habilitará a los estudiantes con discapacidad a recibir la certificación del Nivel, al igual que el resto de la población escolar, dando cuenta de su trayectoria educativa
ARTICULO 29°. El Nivel y la Modalidad de Educación Especial, en caso que haya intervenido a requerimiento del Nivel, tendrán la corresponsabilidad de documentar el desarrollo de las capacidades, los saberes específicos, las competencias adquiridas y recomendaciones de modalidad para la continuidad educativa.
ARTICULO 30°. Se otorgará el certificado de educación primaria a todos/as aquellos/as estudiantes con discapacidad
ARTICULO 31°. Este certificado habilitará a continuar la trayectoria en el Sistema Educativo, en escuelas del Nivel Secundario.








Nivel secundario
ARTICULO 34° estudiantes con discapacidad, deberán considerarse los siguientes criterios:
· Reconocer el conjunto de saberes adquiridos en el tramo escolar.
· evaluar entre los equipos educativos intervinientes e informar a la familia y el/la estudiante, a partir de la generación de acuerdos, las distintas variables involucradas en la propuesta escolar
· Considerar el desempeño de los/as estudiantes, donde se desarrollen actividades que potencien la enseñanza y el aprendizaje.

ARTICULO 35°. La trayectoria escolar de los/as estudiantes con discapacidad en el Nivel Secundario deberá ser documentada mediante un instrumento formal
ARTICULO 36°. La escuela donde desarrolla su trayectoria escolar acreditará los saberes adquiridos ARTÍCULO 37°. Los ajustes razonables para el acceso al currículum que requieran los estudiantes con discapacidad habilitarán a recibir el boletín de acreditación de los espacios aprobados, al igual que al resto de la población escolar. 
ARTICULO 38°. El Nivel y la Modalidad de Educación Especial, en caso que haya intervenido a requerimiento del Nivel, tendrán la corresponsabilidad de documentar el desarrollo de las capacidades, los saberes específicos y las competencias adquiridas,

ARTICULO 39°. El PPI habilitará a los estudiantes con discapacidad a recibir el título y certificado analítico del Nivel o Modalidad
ARTICULO 40°. Todos aquellos/as estudiantes con discapacidad, al igual que el resto de la población escolar, cualquiera sea la Modalidad a la que asisten, tal como lo establece la Res. Nº 18/07 del CFE recibirán el título y certificado analítico
ARTICULO 41°. En caso que el estudiante no alcance la totalidad de las capacidades profesionales correspondientes a un título de una especialidad de la Modalidad de Educación Técnico Profesional, se acreditará en un analítico la trayectoria recorrida, ARTICULO 42°. El título y certificado analítico será otorgado por la institución educativa
ARTÍCULO 43°. Se habilitará la continuidad en otros espacios educativos que el/la estudiante con discapacidad quiera transitar








Nivel secundario
ARTICULO 34° estudiantes con discapacidad, deberán considerarse los siguientes criterios:
· Reconocer el conjunto de saberes adquiridos en el tramo escolar.
· evaluar entre los equipos educativos intervinientes e informar a la familia y el/la estudiante, a partir de la generación de acuerdos, las distintas variables involucradas en la propuesta escolar
· Considerar el desempeño de los/as estudiantes, donde se desarrollen actividades que potencien la enseñanza y el aprendizaje.

ARTICULO 35°. La trayectoria escolar de los/as estudiantes con discapacidad en el Nivel Secundario deberá ser documentada mediante un instrumento formal
ARTICULO 36°. La escuela donde desarrolla su trayectoria escolar acreditará los saberes adquiridos ARTÍCULO 37°. Los ajustes razonables para el acceso al currículum que requieran los estudiantes con discapacidad habilitarán a recibir el boletín de acreditación de los espacios aprobados, al igual que al resto de la población escolar. 
ARTICULO 38°. El Nivel y la Modalidad de Educación Especial, en caso que haya intervenido a requerimiento del Nivel, tendrán la corresponsabilidad de documentar el desarrollo de las capacidades, los saberes específicos y las competencias adquiridas,

ARTICULO 39°. El PPI habilitará a los estudiantes con discapacidad a recibir el título y certificado analítico del Nivel o Modalidad
ARTICULO 40°. Todos aquellos/as estudiantes con discapacidad, al igual que el resto de la población escolar, cualquiera sea la Modalidad a la que asisten, tal como lo establece la Res. Nº 18/07 del CFE recibirán el título y certificado analítico
ARTICULO 41°. En caso que el estudiante no alcance la totalidad de las capacidades profesionales correspondientes a un título de una especialidad de la Modalidad de Educación Técnico Profesional, se acreditará en un analítico la trayectoria recorrida, ARTICULO 42°. El título y certificado analítico será otorgado por la institución educativa
ARTÍCULO 43°. Se habilitará la continuidad en otros espacios educativos que el/la estudiante con discapacidad quiera transitar
Educación integral para adolescentes y jóvenes con discapacidad.
ARTICULO 48°. Deberán considerarse los siguientes criterios:
· reconocer el conjunto de saberes adquiridos en el tramo escolar
· evaluar entre los equipos educativos intervinientes e informar a la familia
· considerar el desempeño de los/as estudiantes con discapacidad
ARTICULO 49°. La trayectoria escolar de los/as estudiantes con discapacidad deberá ser acreditada mediante un instrumento formal.
ARTICULO 50°. En el mismo constará lo que efectivamente los/as estudiantes con discapacidad han adquirido en las distintas instituciones.
ARTICULO 51°. Todos/as los/as estudiantes tienen derecho a obtener una certificación que dé cuenta de sus trayectos escolares.
ARTICULO 52°. Las competencias, saberes y capacidades desarrolladas en la propuesta educativa darán lugar, al finalizar el recorrido por la misma, a una certificación, teniendo la posibilidad de incluirse en el mundo del trabajo y definir nuevas alternativas educativas

11- Proyecto Pedagógico para la Inclusión (PPI):
·         Datos del/ la estudiante (Apellido y nombres, fecha de nacimiento,
·         trayectoria escolar, certificado de discapacidad, domicilio, TE).
·         Datos del padre y/o de la madre/ del tutor o encargado legal.
·         Datos de la/s escuela/s intervinientes del Nivel que cursa y de la
·         Modalidad de Educación Especial (N° y Nombre, localidad, provincia,
·         turno, sala/ grado/año).
·         Datos del maestro/a/s de grado, profesor/es y asesor pedagógico de la
·         escuela de origen y del maestro de la Modalidad de Educación Especial.
·         Datos del equipo externo al Sistema educativo.
·         Datos del Intérprete de lengua de señas argentina (LSA).
·         Denominación de los integrantes del equipo escolar interdisciplinario.
·         Barreras físicas, académicas y comunicacionales.
·         Recursos tecnológicos, materiales y apoyos específicos en formatos
·         accesibles.
·         Participación familiar en el proceso de inclusión.
12- Las Barreras y obstáculos que se detectan:
·         Barreras de acceso físico.
·         Barreras de la comunicación.
·         Barreras didácticas: procesos de enseñanza-aprendizaje.
·         Barreras sociales/actitudinales: actitud de los docentes, de los demás
·         estudiantes, de los familiares, carencias en la información,
·         capacitación, conocimiento de los procesos inclusivos.
     - Estas barreras se eliminan según sea su tipo:
·         Atención
·         Asesoramiento y orientación
·         Capacitación
·         Provisión de recursos
·         Cooperación y acción coordinada
·         Seguimiento, investigación

13- Ejemplos orientadores p/ el diseño de las configuraciones prácticas de apoyo.

DISCAPACIDAD VISUAL: Ceguera/Disminución Visual
Necesidades educativas derivadas de la discapacidad visual. (En el área de la Comunicación - en sus diversas formas-, en su orientación y movilidad, en la necesidad de recursos tecnológicos y apoyos específicos, valoración funcional de la baja visión, entre otros).
Determinar las barreras u obstáculos para el acceso, el aprendizaje y la participación (recorridos escolares, ubicación, orientaciones a docentes, barreras arquitectónicas, modificaciones necesarias para el desplazamiento, necesidad de información a los adultos y pares).
DISCAPACIDAD AUDITIVA: Sordera/Hipoacusia
Determinar las barreras u obstáculos para el acceso al aprendizaje, a la comunicación y la participación.
Consignar grado de pérdida auditiva/tipología.
DISCAPACIDAD INTELECTUAL:
Determinar las barreras u obstáculos para el acceso al aprendizaje, a la comunicación y la participación.
Describir Modos de aprender/ Capacidades aprehendidas.
DISCAPACIDAD MOTRIZ:
Determinar barreras arquitectónicas
En el área de la comunicación en sus diversas formas.
En la necesidad de recursos tecnológicos y apoyos específicos para la accesibilidad
Definición de su estilo de aprendizaje
TRASTORNOS DEL ESPECTRO AUTISTA (TEA):
 Dar cuenta de la tipología del espectro autista según diagnóstico, si lo tuviera. Indicar comportamientos, intereses y/o actividades persistentes desarrolladas.
Describir la interacción del estudiante con los pares, con el docente de grupo, con los contenidos curriculares para consignar las configuraciones implementadas para favorecer la comunicación e interacción social.

14- Configuraciones Prácticas

Discapacidad visual: ceguera/disminución visual
Discapacidad auditiva: Sordera/hipoacusia
Discapacidad Intelectual
Discapacidad Motriz
Trastornos del espectro autista (TEA)
Condiciones necesarias para la enseñanza: situación de clase, dinámica grupal, participación del estudiante.
Asesoramiento y Orientación: asesoramiento sobre el proceso inclusivo del
alumno y orientaciones específicas para el/los docentes de grupo, acerca de
los recursos y materiales, del desarrollo curricular y los modos y tiempos de
aprendizaje, consideraciones didácticas y metodológicas, del escenario
áulico, de los vínculos y la interacción, de la evaluación, entre otros.
En relación al contexto local/social del alumno: información sobre instancias
de Educación no formal en la comunidad (cultural, recreativa, deportiva)
favorable para la participación del estudiante y su familia.
Cooperación y acción coordinada: estrategias de enseñanza para favorecer
el aprendizaje (planteamiento de situaciones problemáticas y explicación de
las mismas, búsqueda de información, trabajo compartido en grupos
heterogéneos, comunicación horizontal, conocimiento y comprensión del
entorno, trabajo colaborativo, cooperativo, tutorías entre pares, entre otros).
Planificación del trabajo en pareja pedagógica docente de aula, docente de
Educación Especial.
Orientaciones al docente de grupo: las orientaciones deben incluir el
particular modo de aprender, la ubicación en el aula, cómo dar las
consignas, cómo adaptar actividades, entre otros ejemplos. Suplantar tareas
que exigen copiado proporcionando una copia impresa de lo que debe
hacer, proporcionar resúmenes impresos, dar las consignas por partes, con
pocas palabras, en forma personalizada, etc.
Planificación de actividades de enseñanza que entregará anticipadamente al
docente de Educación Especial.
Indicar orientaciones, modificaciones necesarias para el desplazamiento,
adecuaciones en el uso de los espacios escolares y grado de accesibilidad
escolar.
Modos de desplazamiento y necesidad de equipamiento específico para facilitar progresivos niveles de autonomía.
Condiciones necesarias para la enseñanza: situación de clase, dinámica
grupal, participación del alumno, equipamiento específico para la accesibilidad.
Asesoramiento y Orientación
‐ Asesoramiento sobre el proceso de inclusión del estudiante y
orientaciones específicas para el/los docentes de grupo: acerca de los
recursos y materiales, del desarrollo curricular y los modos y tiempos de aprendizaje.
‐ Consideraciones didácticas y metodológicas, del escenario áulico, de
los vínculos y la interacción, de la evaluación, entre otros.
‐ En relación al contexto local/social del alumno: información sobre
instancias de Educación no formal en la comunidad (cultural,
recreativa, deportiva) favorable para la participación del alumno con
discapacidad y su familia.
Participación del/los docentes de grupo: planificación de las tareas de
enseñanza que realizará el alumno con el/los docentes de grupo cuando el
integrador no está presente
Asesoramiento y orientación (ejemplo: en forma individual dentro del aula)
Planificar la organización del trabajo cooperativo o colaborativo en el aula.
Provisión de recursos (ejemplo: medios tecnológicos, materiales didácticos, recursos humanos, concurrencia a contra turno a equipos de apoyo, a sede).
Incorporación del profesional privado no docente, intervenciones planificadas
del profesional privado no docente en articulación con el Proyecto
Pedagógico Individual.
Concurrencia a otras instituciones: (consignar la acción coordinada entre las
diferentes actividades que desarrolle el alumno en su trayectoria integral y
con los diferentes profesionales tratantes).
Asesoramiento y orientación (ejemplo: en forma individual dentro del aula)
Planificar la organización del trabajo cooperativo o colaborativo en el aula.
Provisión de recursos (ejemplo: medios tecnológicos, materiales didácticos, recursos humanos, concurrencia a contra turno a equipos de apoyo, a sede).
Incorporación del profesional privado no docente, intervenciones planificadas
del profesional privado no docente en articulación con el Proyecto
Pedagógico Individual.
Concurrencia a otras instituciones: (consignar la acción coordinada entre las diferentes actividades que desarrolle el alumno en su trayectoria integral y con los diferentes profesionales tratantes).
Información: planificar el trabajo con la familia y los docentes para desarrollar el conocimiento sobre el alumno, sus características y estrategias de acompañamiento. Por ejemplo: organización de encuentros, entrevistas, entre otros.
15-  Desde el año 2009 se han llevado adelante una serie de encuentros nacionales con referentes jurisdiccionales a modo de garantizar el derecho a la educación de todos los niños/as, jóvenes y adultos.
Los actores del sistema educativo se encuentran articulando sus acciones para fortalecer las trayectorias educativas y alcanzar una gestión institucional que amplíe las estrategias de inclusión de niños/as, adolescentes y jóvenes escolarizados/as y no escolarizados/as, para garantizar sus estudios primarios y secundarios obligatorios.
La Ley Nº 26.061, en su artículo 15, establece que las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la educación pública y gratuita, atendiendo a su desarrollo integral, su preparación para el ejercicio de la ciudadanía, su formación para la convivencia democrática y el trabajo, respetando su identidad cultural y el desarrollo máximo de sus competencias individuales; fortaleciendo los valores de solidaridad, respeto por los derechos humanos, tolerancia, identidad cultural y conservación del ambiente, entre otros.
Se forman equipos de orientación en las instituciones, su tarea se inscribe en una perspectiva en orientación escolar que implica diseñar, implementar y acompañar procesos favorables a la enseñanza y aprendizaje, para todas/os las/os alumnas/os.
Se hace indispensable regular federalmente la función de los equipos de apoyo y orientación escolar, así como definir sus modos de organización y conformación.
PAUTAS FEDERALES  
1. Sobre el acompañamiento como tarea inherente al trabajo de los equipos:
Para hacer efectivo el derecho a la educación de todos los niños, niñas, jóvenes y adultos tal como lo establecen las leyes educativas vigentes, se requiere el desarrollo de políticas de acompañamiento no sólo a los/as estudiantes, sino también a quienes llevan adelante los procesos pedagógicos en el marco de las instituciones y comunidades de las que son parte.
2. Sobre la perspectiva institucional de intervención:
Esta perspectiva no se centra en el individuo como unidad de análisis, el foco está puesto en las relaciones y las situaciones donde los sujetos se vinculan, con encuadres de trabajo propios del ámbito de la educación. Desde este enfoque se reconocen fundamentalmente los procesos colectivos que intervienen en la producción de nuevas prácticas educativas y en el cambio de las culturas institucionales en un sentido democratizador y garante de derechos.
3. Sobre la interdisciplinar:
Los equipos se constituirán interdisciplinariamente y organizarán su tarea construyendo un diálogo entre saberes diferentes, propios de las ciencias sociales, de la educación, de la salud, en torno a un objeto común: la situación educativa y los sujetos que enseñan y aprenden en las escuelas


4. Sobre la conformación de los equipos de orientación:
Un equipo de apoyo y orientación podrá reunir a profesionales de diversas formaciones de origen: psicólogos, psicopedagogos, trabajadores sociales, antropólogos, sociólogos, pedagogos, fonoaudiólogos, médicos con orientación comunitaria, entre otras profesiones. 
5. Sobre la transversalidad:
Se hace prioritario mantener una mirada integral del sistema, que atraviese las trayectorias concebidas institucionalmente, considerando los distintos niveles y modalidades, pero con capacidad de definición de las propias líneas y ejes de trabajo.
6. Sobre la organización y configuración:
Resulta conveniente propiciar una forma organizacional regionalizada que se configure en relación al reconocimiento de territorios ya existentes en el sistema. Se sugiere que los Equipos de Orientación Escolar intervengan y tomen decisiones en relación con un conjunto de escuelas y otras instituciones, aproximándose a la lógica organizacional del sistema.
7. Criterios generales:
El presente documento define como criterios indispensables la perspectiva institucional que le dé centralidad a los procesos de enseñanza y a los aprendizajes, la regionalización que garantice cobertura, la dependencia transversal a los niveles y modalidades respondiendo a las políticas públicas y la conformación interdisciplinaria; de modo de garantizar la igualdad de oportunidades para niños, niñas, jóvenes y adultos que habiten los diversos territorios. Cada jurisdicción debatirá de qué modos, en qué espacios, con qué dispositivos realizará el seguimiento de experiencias, el acompañamiento a las trayectorias y la intervención en situaciones complejas apropiados a sus realidades.








Gimnasia Aerobica: aquí les dejo mi segundo tp del curso.

PREGUNTAS:   1-       ¿Qué es el aerobic?   2-       Mencione sus beneficios.     3-       ¿Qué evito con una correcta técni...